Publicada la “Guía para la aplicación de la normativa sobre datos abiertos en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria”
El sector público genera una amplia variedad de datos, tales como información social, económica, meteorológica o estadística. Esa información es potencialmente reutilizable por los ciudadanos y por las entidades del sector público y privado, con fines comerciales o no comerciales, para crear productos y servicios de información de valor añadido.
A nivel europeo existe una estrategia en materia de reutilización de la información que reconoce la información del sector público como recurso clave y fomenta su reutilización para aprovechar su potencial y contribuir al crecimiento económico. Concretamente, el marco legislativo europeo de los datos abiertos u Open Data se fundamenta en la Directiva europea 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público.
La trasposición de esta directiva se materializa a nivel estatal mediante el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, que a su vez modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
Con el objetivo de facilitar la creación de productos y servicios de información basados en datos del sector público, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias ha elaborado una “Guía para la aplicación de la normativa sobre datos abiertos” donde se contemplan las pautas a tener en cuenta en el momento de valorar qué datos se pueden publicar, basadas en las directivas europeas y estatales relativas a los datos abiertos y reutilización de información del sector público.
De este modo, se da respuesta a las principales inquietudes del personal de la Consejería frente a la publicación de datos de carácter personal o comercial.
El ABC de la guía
Dividido en siete capítulos, el manual pretende ser una guía para resolver aquellas dudas que puedan surgir en la tramitación de estrategias de apertura de datos en el ámbito de la Consejería.
Así, el documento hace un repaso por la normativa a considerar en la reutilización de los datos y explica algunos conceptos básicos a tener en cuenta para entender su contenido, el contexto de la reutilización de los datos y los datos abiertos en general.
Hay datos considerados de alto valor por los beneficios que pueden suponer para la sociedad, el medio ambiente y la economía, el manual explica qué se entiende por datos de alto valor y qué deben acatar los organismos del sector público al respecto.
Ahora, si bien es cierto que toda la información es potencialmente reutilizable, hay algunas excepciones al respecto. En su capítulo tres, la guía especifica que toda aquella información que atente contra los intereses públicos o de terceros queda excluida para su reutilización. Se trata de documentos que van desde expedientes que contengan datos sobre defensa del Estado hasta política monetaria.
Asimismo, los límites en la reutilización también alcanzan aquellos datos que contengan información de carácter personal. Sobre este punto, el manual recuerda la existencia de una medida proactiva que cualquier responsable de tratar con datos puede aplicar: la evaluación de impacto en la protección de datos personales. Tal medida consiste en realizar un análisis de los riesgos que puede implicar el tratamiento de los datos personales para los derechos de los afectados y, como consecuencia del mismo, la gestión de dichos riesgos mediante la adopción de las medidas necesarias para eliminarlos o mitigarlos. Una de estas medidas es la de anonimizar los datos, que también requiere de la aplicación y consideración de pautas específicas.
Por último, el manual profundiza también en las consideraciones sobre propiedad intelectual e industrial para aquellos interesados en reutilizar datos, así como la incidencia del secreto empresarial en la reutilización de la información pública.