Esta clasificación recoge los distintos conjuntos de electores que pueden constituir el censo electoral dependiendo del tipo de elecciones.
El total de personas que reúnen los requisitos para votar y no están privadas definitiva o temporalmente del derecho de sufragio constituye el censo electoral. Este está compuesto por el censo de electores residentes en España (CER) y, en determinadas ocasiones, por el censo de electores residentes ausentes que viven en el extranjero (CERA) y/o por el censo de personas extranjeras que residen en España (CERE).